Decreto Exonerado No.3885 (Caduco el 13/09/2010)
El Decreto de Exoneración 3885 publicado en la Gaceta Oficial 38.266 en fecha 06/09/2005, en materia del IVA otorgado por el Ejecutivo Nacional a fines de incentivar a los órganos o empresas del Estado que se dediquen exclusivamente a las actividades de administración, diseño, construcción, instalación, operación, mantenimiento, funcionamiento, repotenciación, modernización, reconstrucción y expansión de los sistemas de transporte masivo de pasajeros por vía exclusiva, subterránea, elevada o a nivel, del tipo metro y trolebús y sus extensiones.
De acuerdo a lo establecido en las disposiciones finales del mencionado Decreto, la exoneración tendría una vigencia de 5 años contados a partir del quinto día hábil siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial, esto sería el 13 de septiembre de 2010.
Por esta razón, se informa a todos los organos, entes del estado y sub contratista amparados bajo este Decreto, que deberán facturar con el IVA estas operaciones; debiendo emitir dichos documentos siempre y cuando exista la Orden de Pago por parte del estado.
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